noviembre 30, 2023
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Caso Casali- Fiscal Ríos: “Tengo las mejores expectativas, para mi va a ser confirmatoria de la condena en primera instancia”

A un mes de la audiencia que determinó un plazo de 20 días para decidir la firmeza o no de la condena del abogado Mariano Vouilloz por violencia de género hacia su ex pareja, Luciana Casali, entrevistamos al Fiscal de Las Toscas, Norberto Ríos, que atiende en el caso. En la entrevista que se desarrolló el último sábado 29, el fiscal nos aclaró algunos detalles del caso, que tendría el resultado de la sentencia final enviado a través de correo electrónico (mail).

Raya al Medio: -¿La sentencia final se la pueden enviar por mail?

Fiscal Norberto Ríos: -“Las resoluciones de Cámara generalmente se las notifica así, todas las resoluciones de Cámara, no solamente ésta únicamente. En razón de ello, hemos hecho un pedido, en las ferias, de sí era posible darlo en audiencia, entonces juntamos elementos y fundamentos y solicitamos esa circunstancia el día lunes -24 de julio-, de que en audiencia pública fuese dada la sentencia, todavía no tenemos respuesta de eso, el lunes presentamos nosotros y el martes lo hizo la querella. De todas maneras estamos dentro de los 20 días”.

RaM: -¿Y qué día sería…?

NR: -“En la justicia, generalmente se utiliza el último día, rara vez se produce antes, la mayoría de las veces utilizan hasta el último día, e incluso hay un día de gracia, así que se pueden extender un día más. Ahora han pasado 9 días recién, -hoy jueves ya son 13- porque son días hábiles. Estimo que la resolución estaría para el fin de la semana que viene o principios de la otra semana. Y si es en audiencia o no, lo voy a saber cuándo me lo notifiquen. No me lo han  rechazado, lo podrían haber hecho y no lo hicieron todavía. Así que creo que lo están estudiando”.

RaM: -¿Qué expectativas tiene para el caso?

NR: -“Tengo las mejores expectativas, para mi va a ser confirmatoria de la condena en primera instancia”.

RaM: -¿Es decir, los 11 años de condena?

NR: -“La Cámara tiene elementos para poder ampliarla inclusive, no sé si mucho más, pero algo más creo que puede determinar”.

Ante el pedido de nulidad del proceso por parte de la defensa, alegando que no existía la intención de matar y admitiendo la agresión, preguntamos:

RaM: -¿Cuáles son las alegaciones especificas de la defensa para pedir la nulidad?

NR: -“La nulidad de ellos se basa en un principio que existe en derecho que es la congruencia. La congruencia es ´que lo que uno imputa tiene que ser exactamente lo que uno acusa y exactamente lo mismo que lo que uno condena, es decir tiene que haber siempre una exactitud entre la primera imputación y la condena. Uno no puede condenar por algo que no se acusó´, ellos dicen que no está probada la tentativa de femicidio. Y al no estar probada la tentativa de femicidio no lo podría condenar por lesiones, si es que rechaza la tentativa de femicidio. En eso radica su estrategia. Lo que nosotros decimos son dos cosas: primero que hemos probado el femicidio. Y segundo, si el Tribunal dijera que no corresponde femicidio que corresponde lesiones, cuando hago la acusación digo que hay un concurso entre las lesiones y el femicidio y en consecuencia habilito al Tribunal a que lo condene sino consideraba el delito, por lesiones. Creo que la Cámara podría de igual manera condenarlo por una u otra cosa. En eso se radica la nulidad de ellos, pero no tiene fundamento, no tiene sustento”.

RaM: -Vouilloz declaró públicamente, en los medios, que él está siendo una víctima del sistema. Que el sistema de justicia está siendo presionado, principalmente, por los medios de comunicación ¿Qué piensa usted de eso?

NR: -“Yo lo dije inclusive en las alegaciones finales, tanto del juicio como de la apelación, ellos referían que hay un linchamiento mediático y eso hace que los jueces actúen en consecuencia. Lo que manifesté es que en algo pueden tener razón, porque es un juicio histórico, pero nada tiene que ver en lo que nosotros hemos aportado como evidencia. La evidencia resulta suficiente como para condenarlo, y si eso resulta histórico bienvenido sea, pero no es porque no tengamos los elementos. En ese sentido, si eso ayuda a que las mujeres se mantengan en juicio y mantengan sus denuncias, habremos dado un paso importante. Pero los elementos están”.

RaM: -Hablando de femicidio, ¿cuál es el número aproximado de violencia de género, femicidio y desapariciones atendida por su fiscalía?

NR: -“No hay una estadística demasiado seria en ese sentido, en razón de que, en derecho de género, como tal, sólo está como agravante o como calificante en determinados delitos, que son muy poco. En las lesiones y en el caso del homicidio, el resto de los delitos no está agravado por violencia de género o no está la calificante. Y se da violencia de género. Por ejemplo, en las amenazas continuas, en las situaciones de incumplimiento de una restricción, en todo eso hay violencia de género y eso no se verifica en la estadística. Si tomo en cuenta que todo eso es violencia de género porque nos estamos refiriendo a parejas o a ex parejas, ex novios, etc. Tendría que decirle que desde que estamos en fiscalía, 2014, hasta acá,  en nuestra parte que es Las Toscas, deben haber aproximadamente tres mil casos de violencia de género”.

Para concluir cabe destacar que nos aclaró también que las amenazas, aún con armas, no están cotejadas en la ley como violencia de género. En este sentido, queda mucho por conseguir en materia de violencia y legislación, un tema que cada vez pone más al descubierto un régimen de opresión que se ejerce en todos los ámbitos del sistema.

 

 

 

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