El día de ayer, 17 de octubre, el Tribunal compuesto por los jueces Bruno Netri, Alejandro Tizón y Oscar Burtnik, rechazaron el recurso de inconstitucionalidad planteado por la defensa de Mariano Vouilloz. Además, tanto el Fiscal Ríos como la querella, apelaron la resolución del juez Berzano, en la última audiencia de prisión preventiva, que permite que Vouilloz aún siga en libertad.
El recurso que había sido elevado por Ricardo Degumois, defensor de Vouilloz, el 31 de agosto pasado, fundamentaba, entre otros puntos, que existiría “arbitrariedad” en la condena establecida por los 6 jueces intervinientes en la causa. La arbitrariedad, según lo expresa la defensa, radica en que el fallo “se sustenta en afirmaciones e interpretaciones arbitrarias que no se condicen con un adecuado encuadre legal”.
A lo que la querella, en representacion de Casali, argumentó que dicho recurso “es una herramienta ‘excepcional”, que lo que la defensa cuestiona “se trata de una mera disconformidad con la sentencia disfrazada”.
A su vez el Fiscal Ríos había solicitado también que se desestime el recurso argumentando que “pese a la superabundancia de citas doctrinarias y jurisprudenciales esgrimidas por el recurrente, (Degumois) no logra precisar cuál es la supuesta afectación de raigambre constitucional que se ha configurado en el presente caso”.
El Tribunal justificó el rechazo de dicho pedido de Inconstitucionalidad expresando que “el recurrente (la defensa) no hace más que reiterar planteos efectuados durante el trámite ordinario, pretendiendo viabilizar la excepcional instancia del recurso de inconstitucionalidad a través de una mera discrepancia con la interpretación llevada a cabo en segunda instancia respecto a cuestiones fácticas y de derecho común”. Y remarca que la arbitrariedad está “sólo reservada para supuestos groseros de falta de fundamentación”.
Finalmente, el Tribunal, analiza la posición tomada por la defensa cuando dice que “la pena fijada al señor Vouilloz denota clara manifestación de castigo, con un fin ejemplificador, resultando o pretendiendo comunicar a la sociedad, tornándose por ello arbitraria”. Y explica el Tribunal que “la pena impuesta aparece fijada de acuerdo a los márgenes legales, con criterios objetivos e imparciales, acorde a los hechos comprobados, analizados y fundamentados”, además, agrega que “la pena se acerca más al mínimo” en relación al crimen y la calificación del mismo.
Cómo sigue la causa
El rechazo del recurso de Inconstitucionalidad, corresponde a nuestra región, por lo cual la defensa puede presentar una “queja” ante la Corte Suprema de la Provincia, de allí en más se hace lugar o no a la queja, si sigue “abierto o cerrado” el recurso. De seguir abierto decidirá la Corte esa cuestión, en caso de cerrarse, la defensa podría pedir un recurso “extraordinario” a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Apelación y recusación de Fiscalía y Querella
En tanto que el pedido de Incostitucionalidad sigue o no su curso, el Fiscal Norberto Ríos junto a la querella, apelaron la resolución del Juez Ireneo Berzano, de la última audiencia de prisión preventiva, en la cual Berzano resolvió la continuidad de la permanencia en libertad de Vouilloz en tanto haya procesos. Asimismo, se planteó la recusación al juez Ballestieri en el caso de que él tuviese que intervenir en dicha apelación.
Recordemos que el condenado a 11 años de prisión efectiva, el abogado Mariano Vouilloz, espera en libertad mientras la justicia decide sobre las apelaciones, recusaciones y recursos.
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