marzo 24, 2023
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CONSEJO DE LA MUJER: Impresión de folletería sobre violencia de género.

El Consejo Municipal de la Mujer, presentó un proyecto de decreto disponiendo la impresión de forma anual y permanente de folletería sobre violencia de género.

 

FUNDAMENTOS:

Visto:

            El Decreto Nº 409/13 sancionado por este cuerpo el día 25 de julio de 2013, y,

Considerando:

          Que por el mismo se dispuso la impresión de Quince Mil (15.000) folletos de información para víctimas de violencia de género, con la indicación de los contactos de las instituciones estatales encargadas de ocuparse y/o que aborden la problemática de la violencia contra la mujer y/o violencia de género,

            Que no hace falta explicar, sin caer en redundancias, que es necesario y conveniente darle continuidad a medidas como las de referencia, atendiendo a los fundamentos del Decreto Nº 409/13, los que se dan aquí por reproducidos formando parte del presente, en honor  a la brevedad,

Que, en este sentido el H. Concejo Municipal de Reconquista ha sancionado distintas normativas tendientes a garantizar de forma integral los derechos de las mujeres;

Por ello:

EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE RECONQUISTA, SANCIONA EL SIGUIENTE:

D E C R E T O   Nº   …/17.-

Artículo 1º) – DISPÓNESE la impresión de forma anual y permanente de Quince mil (15.000) folletos de información para víctimas de violencia de género, con la indicación de los contactos de las instituciones estatales encargadas de ocuparse y/o que aborden la problemática de la violencia contra la mujer y/o violencia de género, con diseño e impresión a determinarse oportunamente.

Artículo 2º) – LAS erogaciones que demande las previsiones del artículo anterior serán imputadas a las partidas presupuestarias que correspondan a la Comisión de Presidencia, o en su defecto las que pudieran crearse específicamente o a la que entiende el Cuerpo corresponde en cada oportunidad. A tales fines se autoriza a la Presidencia del Cuerpo a disponer de los fondos necesarios, a los fines y efectos indicados en el artículo anterior.

Artículo 4º).- LA coordinación de todas las acciones tendientes a la realización de esta actividad, estarán a cargo del Consejo Municipal de la Mujer, y se podrá solicitar la cooperación del personal con desempeño en la institución.

Artículo 5º) – COMUNÍQUESE, dése al R.M., Publíquese y Archívese.

SALA DE SESIONES, 26 de abril de 2.017.

 

 

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