marzo 26, 2023
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Escándalo Judicial: Vouilloz puede quedar en libertad

 

 

El abogado doblemente condenado a 11 años de prisión y que venía cumpliéndola de manera preventiva, puede quedar en libertad en la audiencia de medidas cautelares del próximo miércoles 4 de abril. El Juez Martelossi que ya lo dejó en libertad con anterioridad será el responsable de dicha audiencia.

Así lo confirmó el Fiscal de Las Toscas, Dr. Norberto Ríos, interviniente en la causa, quien, a través de un escrito enviado a la Cámara de Apelaciones de la 4ta Circunscripción de Vera, se Queja por el Recurso Denegado.

Recordemos que Vouilloz está preso de manera preventiva desde el 12 de diciembre de 2017 por considerar factible que se fugue y no concluya el proceso que aún permanece abierto. En tanto así suceda, no habrá firmeza en dicha condena, a pesar de tener doble condena y que recientemente,  el 14 de marzo,  se le negara un nuevo recurso y se había confirmado la prisión preventiva de Vouilloz,  por lo que debieran pasar 90 días antes de una nueva audiencia.

De acuerdo al escrito del Fiscal Ríos, el Juez, Dr. Mauricio Martelossi, rechaza los recursos, que lo llevaron a Vouilloz a prisión, por considerarlos “improcedentes, sin fundamentar mínimamente las razones  de su improcedencia”.

Además Ríos cuestiona la utilización por parte de Martelossi del Art. 225 del Código Procesal Penal de Santa fe, siendo que el plazo entre audiencias  es menor a 90 días y que correspondería aplicar el Art. 227, en el caso que la pena establecida y el tiempo de prisión preventiva fuese desproporcional o que su duración excediera los dos años, algo que acá no ocurre. En este sentido es un “Gravamen irreparable”, -dice el Fiscal- “puesto que aceptar que se aplica el Art 225 del CPPSF, para condenados con sentencia no firme, es derogar via jurisprudencial  lisa y llanamente el Art 227 CPPSF, vedado a los jueces”.

A su vez, Ríos argumenta que Martelossi perdió jurisdicción puesto que fue él quien participó en la Investigación Previa Preparatoria y que una vez elevada a juicio dicha causa, no deberían intervenir más en la misma y cita el Art 68 del CPPSF que dice que “Los jueces deberán inhibirse de participar en audiencia en cuanto advirtieran  la existencia  de cualquier circunstancia que pudiera considerarse que afecta su imparcialidad”.  

“Las Resoluciones Judiciales previas –refleja en el escrito Ríos-referente a medidas cautelares en las que ha participado y decidido el Dr. Martelossi, deja a esta parte en total indefensión, pues no se trata de una cuestión de fe en su honorabilidad, sino de imparcialidad para el caso concreto”.

La cuestión entre el Dr. Martelossi y Vouilloz viene de larga data

Allá a comienzos del caso, fue el propio juez Martelossi quien le otorgó sendos privilegios a Vouilloz, así lo denunciaba Elvio Casali en la primera nota que le hicimos en Rayaalmedio: “En su momento le dieron la prisión domiciliaria en un barrio de Reconquista, con salidas laborales de 7 a 20hs corridas, -otorgadas por Martelossi el 23 de agosto de 2016-permisos para vacacionar, para las fiestas navideñas, para ver a su madre en San Antonio de Obligado y el 19 de diciembre le otorga el cese de la preventiva”. Es decir lo dejó en libertad, con la restricción de no ingresar a Villa Ocampo.

Es de una absoluta indefensión participar de una audiencia cuando ya las partes saben lo que el Juez resolverá” –esgrime Ríos- “la resolución de la misma produciría un escándalo jurídico cualquiera fuere lo resuelto…”.  

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